Convención de Ramsar
Convención de Ramsar | |
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Otros nombres | Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas |
Tipo | Tratado global relativo al medio ambiente |
Primer evento | 2 de febrero de 1971 |
Convención de Ramsar. Convenio internacional sobre los Humedales(Humedales de Importancia Internacional). Es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos. El tratado fue aprobado el 2 de febrero de 1971 en la ciudad iraní de Ramsar y entró en vigor cuatro años después, el 21 de diciembre de 1975.
La Convención declara “Sitio Ramsar” a aquellos humedales que previa proposición y aprobación de los Estados Miembros, son incluidos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional y de conjunto con las autoridades competentes se ocupa de garantizar su gestión eficaz y el uso racional(mediante planificación nacional, normativas, legislación apropiada, medidas de gestión y la educación del público) de sus aguas, suelo, flora, fauna y otros recursos.
Sumario
- 1 Humedales
- 2 Historia
- 3 Misión
- 4 Compromisos
- 5 Órganos de la Convención
- 6 Partes Firmantes o Estados Miembros
- 7 Sinergias con otras convenciones sobre el medio ambiente
- 7.1 Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB)
- 7.2 Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres (CEM)
- 7.3 Convención sobre el patrimonio mundial de la UNESCO
- 7.4 Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD)
- 7.5 Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)
- 7.6 Convenios regionales y comisiones de cuencas
- 7.7 Relaciones con organismos oficiales
- 7.8 Coordinación entre convenciones
- 8 Organizaciones Internacionales Asociadas
- 9 Enlaces externos
- 10 Referencias
Humedales
Los humedales son “zonas de marismas, pantanos, turberas u otras superficies cubiertas de agua, naturales o artificiales, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad con marea baja no exceda de seis metros”. En general, los humedales muestran una gran diversidad en función de su origen, localización geográfica, régimen acuático y químico, vegetación dominante y características del suelo o sedimentos.
Aunque los humedales representan un bajo porciento de la superficie del planeta, constituyen unos ecosistemas muy productivos y desempeñan un papel decisivo en la regulación de los recursos hídricos. Proporcionan un hábitat indispensable para gran número de anfibios, reptiles, peces, aves, mamíferos e invertebrados, y para innumerables especies vegetales.
Historia
El convenio fue negociado en los años 1960 por los países y organizaciones no gubernamentales que se preocupaban por la creciente pérdida y degradación de los hábitats de humedales de las aves acuáticas migratorias.
El tratado fue adoptado en la ciudad iraní de Ramsar el 2 de febrero de 1971 y entró en vigor el 21 de diciembre de 1975. Es el único tratado global relativo al medio ambiente que se ocupa de un tipo de ecosistema en particular, y los países miembros de la Convención abarcan todas las regiones geográficas del planeta.
Misión
La misión de la Convención es “la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales y nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo”.
La Convención emplea una definición amplia de los tipos de humedales abarcados por esta misión, incluidos pantanos y marismas, lagos y ríos, pastizales húmedos y turberas, oasis, estuarios, deltas y bajos de marea, zonas marinas próximas a las costas, manglares y arrecifes de coral, así como sitios artificiales como estanques piscícolas, arrozales, embalses y salinas.
Concepto de Uso Racional
La filosofía de Ramsar gira en torno al concepto de “uso racional”. El uso racional de los humedales se define como "el mantenimiento de sus características ecológicas, logrado mediante la implementación de enfoques por ecosistemas, dentro del contexto del desarrollo sostenible". Por consiguiente, la conservación de los humedales, así como su uso sostenible y el de sus recursos, se hallan en el centro del "uso racional" en beneficio de la humanidad.
Compromisos
Las Partes Contratantes, o Estados Miembros, de Ramsar se han comprometido a llevar a cabo los “tres pilares” de la Convención:
- Designar humedales adecuados que cumplan los criterios para la Lista de Humedales de Importancia Internacional ("Lista de Ramsar") y garantizar su gestión eficaz.
- Trabajar en pro del uso racional de todos los humedales de su territorio mediante la planificación nacional del uso del suelo, normativas y legislación apropiada, medida de gestión, y la educación del público.
- Cooperar internacionalmente con respecto a los humedales transfronterizos, los sistemas de humedales compartidos, las especies compartidas y los proyectos de desarrollo que puedan afectar a los humedales.
Órganos de la Convención
La Convención de Ramsar se aplica sobre la base de una asociación de colaboración continua entre las Partes Contratantes, el Comité Permanente y la Secretaría de la Convención con el asesoramiento del organismo subsidiario de expertos, el Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT), y el respaldo de las Organizaciones Internacionales Asociadas (OIA). Cada tres años los representantes de las Partes Contratantes se reúnen como Conferencia de las Partes Contratantes, el órgano de la Convención encargado de formular políticas, que adopta decisiones (Resoluciones y Recomendaciones) para administrar la labor de la Convención e incrementar la capacidad de las Partes de alcanzar sus objetivos[1].
El alcance y el enfoque de la labor de la Convención se coordina por medio de un Plan Estratégico y el Plan de Trabajo conexo, en que se han enunciado, en el contexto de los objetivos prioritarios, las acciones asignadas o solicitadas a las Partes, al Comité Permanente, la Secretaría, el GECT, las OIA y otros colaboradores.
Conferencia de las Partes Contratantes
La Conferencia de las Partes Contratantes (COP) es el órgano rector de la Convención. Los representantes de los gobiernos de las Partes Contratantes se reúnen cada tres años para recibir informes nacionales sobre el trienio anterior, aprobar acuerdos sobre el programa y presupuesto para los tres años siguientes y examinar orientaciones dirigidas a las Partes respecto de una serie de problemas ambientales tradicionales y nuevos. Los deberes de la Conferencia se enuncian en los Artículos 6 y 7 de la Convención[2].
En estas Reuniones pueden participar como observadores sin derecho de voto representantes de Estados que no son miembros, instituciones intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales (ONG) nacionales e internacionales. El "Reglamento" contiene disposiciones sobre votación por las Partes, pero en la práctica ninguna decisión sustantiva ha sido sometida a votación, pues todas las decisiones han acabado adoptándose por consenso.
El programa de cada Reunión de la COP incluye varias sesiones técnicas en las que se analizan importantes cuestiones tradicionales y nuevas en el campo de la conservación y el uso racional de los humedales, inclusive nuevas interpretaciones y desarrollo de los conceptos y orientaciones fundamentales de la Convención en los principales ámbitos de aplicación. Las sesiones técnicas presentan informes al plenario, que normalmente redundan en la adopción de Resoluciones y Recomendaciones. Las Reuniones de la COP de Ramsar han cobrado renombre como encuentros muy efectivos, que dan cabida a la intervención y participación activas de los círculos no gubernamentales y académicos.
Después de cada Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes la Secretaría de la Convención publica las correspondientes Actas.
Informes Nacionales
En la Recomendación 2.1 (1984) se instó a las Partes a presentar Informes Nacionales (IN) detallados a la Secretaría por lo menos seis meses antes de cada Reunión ordinaria de la Conferencia y esta tradición se ha mantenido sin interrupción hasta ahora. La Convención de Ramsar tiene el porcentaje más alto de Informes Nacionales recibidos de todas las convenciones relacionadas con el medio ambiente: para la COP7 de 1999, el 97% de las Partes informaron sobre su aplicación de la Convención; para la COP8 de 2002, el 95% de las Partes presentaron sus informes; para la COP9 de 2005, hicieron lo propio el 84% de las Partes. Para la COP10 de 2008, presentaron sus informes el 90% de las Partes, y para la COP11 de 2012, el 91% de las Partes.
Reuniones ordinarias de la Conferencia de las Partes Contratantes
- Cagliari (Italia), 1980
- Groningen (Países Bajos), 1984
- Regina (Canadá), 1987
- Montreux (Suiza) 1990
- Kushiro (Japón) 1993
- Brisbane (Australia), 1996
- San José, (Costa Rica), 1999
- Valencia, (España), 2002
- Kampala (Uganda), 2005
- Changwon (República de Corea), 2008
- Bucarest (Rumania), 2012
- Punta del Este (Uruguay) 2015
Reuniones extraordinarias de la Conferencia de las Partes Contratantes
Comité Permanente
El Comité Permanente (CP) de la Convención de Ramsar es el órgano ejecutivo que representa a la COP entre sus reuniones trienales en el marco de las decisiones tomadas por ella[3]. Las Partes Contratantes que son miembros del CP son elegidas por la COP en cada una de sus reuniones para que se desempeñen como tales durante los tres años siguientes, hasta la reunión siguiente.
El CP se estableció en virtud de la Resolución 3.3 de la Conferencia de las Partes Contratantes de 1987. Sus tareas se enunciaron por primera vez en el “Marco para la Aplicación de la Convención de Ramsar” (Resolución 5.1, 1993), pero las actuales son las definidas en la Resolución VII.1 (1999):
- Designar a sus delegados ante el Comité Permanente teniendo en cuenta sus importantes responsabilidades como representantes regionales, en consonancia con el párrafo 10 de la presente Resolución, y hacer cuanto puedan para que sus delegados o sus reemplazantes asistan a todas las reuniones del Comité.
- Cuando un grupo regional cuente con más de un representante regional, comunicarse y celebrar consultas periódicas con el otro representante regional o los otros representantes regionales.
- Comunicarse y celebrar consultas con las Partes Contratantes de su grupo regional, y aprovechar las posibilidades de viajar dentro de su región y la asistencia a reuniones regionales o internacionales para sostener consultas sobre cuestiones relacionadas con la Convención y para promover los objetivos de la misma.
- Recabar las opiniones de las Partes Contratantes de su grupo regional antes de las reuniones del Comité Permanente.
- Asesorar a la Secretaría cuando se fije el orden del día de las reuniones regionales.
- Asumir responsabilidades adicionales participando en los subgrupos establecidos por el Comité Permanente.
- Dar el asesoramiento solicitado por el Presidente y/o los presidentes de subgrupos y/o la Secretaría de la Convención.
- En las regiones que sea necesario, hacer esfuerzos deliberados para alentar a otros países a adherirse a la Convención.”
El Comité Permanente se reúne normalmente una vez al año, generalmente en las dependencias de la Secretaría en Suiza – además, se reúne justo antes de cada Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes, transformándose en Comité de la Conferencia durante todo el período de la COP; y luego se vuelve a reunir el último día de la COP y los miembros recién elegidos eligen a su presidente y vicepresidente y fijan la fecha de su primera reunión de trabajo sustantivo.
Además de los Representantes Regionales, los países anfitriones de la última Reunión de la COP y de la venidera son miembros de pleno derecho, y los países anfitriones de la Secretaría de Ramsar y de Wetlands International, así como las cinco Organizaciones Internacionales Asociadas participan como observadores permanentes. Las demás Partes Contratantes siempre pueden participar en las reuniones del Comité Permanente y de los grupos de trabajo en calidad de observadoras y, de no haber objeciones, pueden participar como observadores otros países y organizaciones no gubernamentales.
Grupo de Examen Científico y Técnico
El Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT) de la Convención de Ramsar se estableció en virtud de la Resolución 5.5 (1993) como órgano subsidiario de la Convención para que diera orientaciones científicas y técnicas a la Conferencia de las Partes, al Comité Permanente y a la secretaría de Ramsar. Sus integrantes, cuyos servicios no se remuneran, son elegidos por el Comité Permanente entre los candidatos presentados por las Partes, pero se desempeñan a título personal como expertos en las disciplinas científicas requeridas por el Plan de Trabajo del GECT y no como representantes de su país. La Resolución VII.2 (1999) modificó la composición del GECT, la Resolución VIII.28 (2002) estableció su modus operandi y mandato detallados, y la Resolución IX.11 (2005) estableció el modus operandi revisado que sirve de marco para la labor actual del GECT[4].
La composición de los miembros del Grupo es la siguiente:
- Seis miembros que representan a cada una de las seis regiones de Ramsar, y que están encargados de mantener relaciones con las comunidades científicas de sus regiones.
- Seis expertos temáticos elegidos para que brinden su experiencia en las áreas de trabajo prioritarias durante el período.
- Representantes de las cinco Organizaciones Internacionales Asociadas.
Suman un total de 17 miembros. Además, las Partes han determinado una lista de 24 secretarías de convenciones, órganos científicos dependientes de convenciones y organizaciones científicas a las que se invita oficialmente como Organizaciones Observadoras, así como varios consultores, expertos y organizaciones adicionales a quienes se pide que participen cuando resulta necesario. El Secretario General Adjunto orienta y supervisa desde la Secretaría los progresos realizados en la labor del GECT.
El Plan de Trabajo del GECT para cada trienio se estructura en torno a las tareas prioritarias determinadas por el Comité Permanente, que se basan en lo solicitado por la Conferencia de las Partes en el Plan Estratégico y sus Resoluciones y Recomendaciones. Los miembros y observadores del Grupo desempeñan sus tareas con la asistencia de una red de coordinadores nacionales del GECT, quienes les prestan asesoramiento directo sobre los asuntos de los que se ocupa y sirven de enlace entre el Grupo y otros expertos idóneos en cada país. Los grupos de trabajo del GECT y los coordinadores nacionales del GECT se comunican entre sí por correo y grupos de debate electrónico.
La labor del GECT es facilitada además por el Servicio de Apoyo al GECT con base en la web, creado por Wetlands International y de cuyo mantenimiento se encarga en la actualidad el personal de la Secretaría. La finalidad del Servicio de Apoyo es poner a los grupos de trabajo del GECT y a los Coordinadores Nacionales en contacto con expertos de otras redes de las Organizaciones Internacionales Asociadas y otros grupos, identificar lagunas en los conocimientos especializados requeridos y procurar colmarlas, establecer un mecanismo de intercambio de recursos informativos adicionales para las tareas previstas en el Plan de Trabajo del GECT y facilitar la comunicación entre los grupos de trabajo, los coordinadores nacionales y otras fuentes de asesoramiento técnico.
Secretaría de Ramsar
La Secretaría de la Convención de Ramsar se encarga de la coordinación de las actividades corrientes de la Convención. Está alojada en las dependencias de la sede de la UICN (la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) en Gland (Suiza) y desde el punto de vista jurídico a sus funcionarios se los considera empleados de la UICN[5].
La Secretaría la dirige un Secretario General, que da cuenta de su cometido al Comité Permanente y supervisa la labor de unos pocos funcionarios (18 en la actualidad) de políticas/técnicos, comunicaciones y administrativos, cuatro pasantes y un representante destacado en Apia (Samoa).
El personal de políticas y técnico de la Secretaría está compuesto por el Secretario General y el Secretario General Adjunto, y cuatro Asesores Regionales Superiores encargados de asistir a las Partes (de África, las Américas, Asia, el Pacífico y Europa); los pasantes se desempeñan como Asistentes de los Asesores Regionales Superiores, con los que forman “equipos de asesoramiento regional” de dos personas. Cada uno de los Asesores Regionales Superiores también proporciona su liderazgo en diversas cuestiones temáticas, según corresponda, tales como arrecifes de coral, humedales de montaña, turberas, reducción de la pobreza, etc. El equipo de comunicaciones se encarga de promover la Convención y las actividades del personal de su Secretaría, sus asociados y colaboradores mediante comunicados de prensa, productos educativos y de concienciación y documentación. Los funcionarios de Ramsar se desenvuelven en varios idiomas (en particular los tres idiomas oficiales de la Convención, español, francés e inglés) y prestan servicios especializados en una serie de campos profesionales. Ocasionalmente se adscribe personal adicional a la Secretaría para fines especiales y periódicamente se contratan consultores cuando hace falta.
Las funciones de la Secretaría son:
- Mantener al día la Lista de Humedales de Importancia Internacional, tomando nota de todas las adiciones y enmiendas que se le introduzcan, y la Base de Datos sobre los Sitios Ramsar (la labor corriente de desarrollo de la Base de Datos se ha subcontratado con Wetlands International);
- Coadyuvar en la convocación y organización de la Conferencia de las Partes, las reuniones del Comité Permanente y del GECT, así como de las reuniones regionales de Ramsar;
- Prestar apoyo administrativo, científico y técnico a las Partes Contratantes, sobre todo en relación con la aplicación del Plan Estratégico de Ramsar;
- Colaborar en la tarea de conseguir la adhesión de nuevas Partes Contratantes;
- Dar a conocer las decisiones, Resoluciones y Recomendaciones de la COP y del Comité Permanente;
- Desempeñar funciones de secretaría para el Grupo de Examen Científico y Técnico y mantener la funcionalidad del Servicio de Apoyo al GECT con base en la web;
- Buscar fondos para el Fondo de Pequeñas Subvenciones, distribuir un llamamiento anual a presentar propuestas y evaluar las propuestas de proyectos recibidas de las Partes Contratantes, así como las propuestas para el programa de asistencia Humedales para el Futuro;
- Administrar los proyectos financiados con contribuciones reservadas para fines determinados;
- Mantener a las Partes Contratantes, la comunidad Ramsar y el público informados acerca de los acontecimientos relacionados con la Convención;
- Informar y brindar asesoramiento, dentro de lo posible, a quienes deseen información acerca de los temas que conciernen a la Convención y los humedales;
- Organizar Misiones Ramsar de Asesoramiento a petición de Partes Contratantes y contribuir al seguimiento de los correspondientes informes; y
- Promover cauces de cooperación con otras convenciones, instituciones intergubernamentales y ONG nacionales e internacionales.
Partes Firmantes o Estados Miembros
De conformidad con el Artículo 9.2 de la Convención sobre los Humedales[6]:
La adhesión a la Convención señala un compromiso por parte del gobierno nacional de trabajar activamente en apoyo de los “tres pilares” de la Convención:
- garantizar la conservación y el uso racional de los humedales que ha designado como Humedales de Importancia Internacional.
- Incluir en la planificación ambiental nacional el uso racional de todos los humedales en la mayor medida posible.
- Entablar consultas con otras Partes acerca de la aplicación de la Convención, especialmente en lo que concierne a los humedales transfronterizos, los sistemas hídricos compartidos y las especies compartidas.
Todo país elegible que desee adherirse a la Convención debe remitir su instrumento de adhesión, firmado por el Jefe de Estado o Gobierno o el Ministerio de Relaciones Exteriores, al Director General de la UNESCO, y designar su primer Humedal de Importancia Internacional con información adecuada y un mapa en el que estén delineados sus límites. (La UNESCO actúa como depositaria de la Convención de Ramsar pero no ejerce ninguna otra función institucional en la gobernanza o las afiliaciones legales de la Convención.)
En el año 2014, 168 estados miembros de todo el mundo se habían sumado a dicho acuerdo, protegiendo 2.182 humedales, con una superficie total de 208.585.941[7].
Partes Contratantes en la Convención de Ramsar | ||||
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Sinergias con otras convenciones sobre el medio ambiente
Las ventajas de la coordinación y colaboración entre convenciones y organizaciones internacionales con cometidos afines o coincidentes han sido objeto de amplio reconocimiento hace ya algún tiempo. La Secretaría de Ramsar ha puesto y sigue poniendo mucho empeño en desarrollar sinergias con otros instrumentos relativos al medio ambiente. En algunos casos, las evaluaciones de seguimiento de los progresos tangibles de estas relaciones han demostrado que la iniciativa bien ha merecido la pena a todas las partes interesadas. Análogamente, la Secretaría de Ramsar ha venido adoptando medidas enérgicas para alentar a las “Autoridades Administrativas Ramsar” a establecer relaciones de trabajo estrechas con sus homólogos de otras convenciones en el plano nacional[8].
Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB)
En enero de 1996 las secretarías de la Convención de Ramsar y del CDB firmaron un primer Memorándum de Cooperación, y en noviembre de ese año la COP3 del CDB invitó a Ramsar “a que coopere como asociada con funciones de dirección” en la ejecución de las actividades del CDB relacionadas con humedales. Se elaboró y ejecutó pues un Plan de Trabajo Conjunto 1998-1999 de ambas convenciones, y luego se ejecutó con éxito un segundo Plan de Trabajo Conjunto para el período 2000-2001 - hoy, un tercer Plan de Trabajo Conjunto, para el período 2002-2006, hecho suyo por la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica en su sexto período de sesiones, celebrado en abril de 2002, y por la COP8 de Ramsar, celebrada en noviembre de 2002, sigue sirviendo de referente básico para la cooperación mutua entre ambas convenciones y ya se está preparando un cuarto Plan de Trabajo Conjunto para 2007 en adelante. Las Conferencias de las Partes en ambas convenciones han pedido también que se incremente la comunicación y la cooperación entre sus organismos subsidiarios científicos, el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (SBSTTA) del CDB y el Grupo de Examen Científico y Técnico de Ramsar, y los miembros de cada organismo participan regularmente en la labor y las reuniones del otro.
Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres (CEM)
En febrero de 1997 la Secretaría de Ramsar y la Secretaría de la CEM firmaron un primer Memorándum de Entendimiento cuyo propósito es asegurar la cooperación entre ambas secretarías en materia de promoción conjunta de ambas convenciones; actividades de conservación conjuntas; recogida, almacenamiento y análisis de datos; y nuevos acuerdos sobre especies migratorias, incluidas especies migratorias amenazadas y especies cuyo estado de conservación es desfavorable. Se han constatado ya algunos resultados concretos de esta relación, particularmente en lo que atañe a la labor coordinada de Ramsar y del Acuerdo africano y euroasiático sobre las aves acuáticas migratorias (AEWA) del CEM. En abril de 2004 se firmó un plan de trabajo conjunto de carácter tripartito entre las secretarías del CEM, el AEWA y la Convención de Ramsar.
Convención sobre el patrimonio mundial de la UNESCO
En mayo de 1999 se firmó un Memorándum de Entendimiento entre la Secretaría de Ramsar y el Centro del Patrimonio Mundial. La Secretaría de Ramsar y el funcionario del Patrimonio Mundial encargado de los sitios naturales mantienen una estrecha relación de trabajo con vistas a:
- Promover propuestas de designación de humedales con arreglo a ambas convenciones;
- Examinar los modelos de informes y coordinar la presentación de informes sobre sitios compartidos;
- Contribuir a los empeños de capacitación de ambas convenciones;
- Coordinar las iniciativas de recaudación de fondos en relación con sitios compartidos;
- Fomentar el establecimiento de comités nacionales conjuntos.
En particular, el Patrimonio Mundial y Ramsar han colaborado durante los últimos años de forma extraordinariamente estrecha en las misiones conjuntas de asesoramiento de expertos despachadas a Ichkeul en Túnez, Djoudj y Diawling en el Senegal y Mauritania, y al Lago Srebarna en Bulgaria.
Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD)
Los humedales revisten una importancia crucial en todas partes y más aún en las tierras áridas. La Secretaría de Ramsar estuvo pues presente en el primer período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la CNULD, celebrada en octubre de 1997, donde distribuyó a los delegados un documento informativo sobre los “Humedales en las Zonas Áridas”. En diciembre de 1998, en el segundo período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la CNULD, celebrada en Dakar, el Secretario General de la Convención de Ramsar y el Secretario Ejecutivo de la CLD firmaron un Memorándum de Cooperación entre las secretarías para facilitar el aumento de la comunicación entre ellas, coordinar esfuerzos y evitar duplicaciones. No obstante, hasta ahora la cooperación práctica entre las secretarías se ha venido desarrollando con lentitud.
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)
En el contexto de los preparativos para la COP5 de la CMNUCC, la Secretaría de Ramsar encargó a la UICN que elaborara un documento técnico titulado Los humedales y el cambio climático - Examen de la colaboración entre la Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971) y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. El documento se tradujo a los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas y se distribuyó en el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (SBSTA) de la CMNUCC y a los delegados a su COP5.
Esto llevó al SBSTA a pedir a la secretaría de la CMNUCC que se coordinara con la secretaría de la Convención sobre los Humedales respecto de las cuestiones identificadas en el informe verbal presentado por el representante de esa secretaría a fin de determinar cómo se podría reforzar la cooperación entre las convenciones. El SBSTA pidió a la secretaría que le presentara un informe sobre este asunto en su 12º período de sesiones. La Secretaría de Ramsar está colaborando con la secretaría de la CMNUCC en la preparación de un documento oficial con el propósito de presentarlo al SBSTA y a una Conferencia venidera de las Partes en la CMNUCC. En la Resolución VIII.3 (2002), la Conferencia de las Partes pidió al GECT de Ramsar que siguiera colaborando con la CMNUCC y el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) en lo que atañe a las relaciones entre los humedales y el cambio climático.
Convenios regionales y comisiones de cuencas
La Secretaría de Ramsar ha dado también efectividad a memorandos de cooperación con el Convenio para la protección y el desarrollo del medio marino de la región del Gran Caribe (Convenio de Cartagena) del PNUMA, firmado por primera vez en mayo de 2000 y una nueva versión se concluyó en 2005, y con la Oficina de Coordinación del Plan de Acción para el Mediterráneo del Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona), firmado por primera vez en febrero de 2001, con un memorando de cooperación que se acordó nuevamente y se firmó en 2006. En diciembre de 2006 se firmó un memorando de cooperación con el Convenio para la protección y el desarrollo sostenible de los Cárpatos (Convenio de los Cárpatos). El Programa Regional del Pacífico Sur para el Medio Ambiente (SPREP) está asociado a la Convención de Ramsar en el marco de un Plan de Trabajo Conjunto que se inició en 2002 y ahora incluye, en oficinas del Programa Regional del Pacífico Sur para el Medio Ambiente (SPREP) en Samoa, a un Experto de Ramsar para la región de Oceanía, y la Comisión Internacional para la Protección del Río Danubio (ICPDR) coopera en los términos de un acuerdo firmado por primera vez en noviembre de 2000. Además, la Convención de Ramsar participa de cerca en la labor de la Comisión de la Cuenca del Lago Chad y la Autoridad encargada de la cuenca del Níger, entidades con las que la Secretaría de Ramsar firmó sendos memorandos de cooperación en noviembre de 2002, y en marzo de 2006 se concluyó un nuevo acuerdo con la Comisión Internacional de Bassin Congo-Ougangui-Sang (CICOS).
Relaciones con organismos oficiales
Además, Ramsar colabora estrechamente con el Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB) de la UNESCO según los términos de un programa de trabajo conjunto que se acordó por primera vez en 2002 y en febrero de 2006 concluyó un nuevo acuerdo de cooperación con la Agencia Europea del Medio Ambiente. En junio de 2006 se firmó un acuerdo con el Sistema Mundial de Observación Terrestre (SMOT) y la Secretaría ha estado colaborando muy estrechamente con la Agencia Espacial Europea en relación con su proyecto GlobWetland, que se encarga de desarrollar herramientas de monitoreo y manejo basadas en datos provenientes de la observación terrestre para un proyecto experimental que abarca 50 sitios Ramsar de todo el planeta. Recientemente la colaboración entre Ramsar y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) ha revestido gran importancia, y se están debatiendo acuerdos de cooperación con la FAO y el Instituto de las Naciones Unidas para Formación Profesional e Investigaciones (UNITAR).
Coordinación entre convenciones
La Secretaría de Ramsar participa en las reuniones de coordinación de convenciones organizadas por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y ha acogido con agrado la tendencia de estas reuniones a concentrarse menos en cuestiones puramente administrativas y más en cuestiones de coordinación sustantivas. La Secretaría de Ramsar ha contribuido horas/funcionario y fondos a grupos de trabajo mixtos y estudios encaminados a armonizar las prescripciones de las convenciones relativas a la biodiversidad, como por ejemplo, al estudio realizado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación (PNUMA-CMMC) sobre la viabilidad de armonizar las prescripciones sobre presentación de informes de los distintos instrumentos, y participa en el Grupo de Gestión Ambiental (GGA) del PNUMA.
En virtud de una decisión de la COP8 de la CMNUCC (2002) se invitó a la Convención de Ramsar a participar en la labor del Grupo Conjunto de Enlace (GCE) de las “Convenciones de Río”, la CMNUCC, el CDB y la CNULD. Además, las cinco convenciones relacionadas con la biodiversidad - el CDB, la CITES, la CEM, Ramsar y la del Patrimonio Mundial - cuentan con un Web conjunta administrada por la secretaría del CDB, que se puso en funcionamiento en marzo de 1999, y la Convención de Ramsar participa activamente como miembro de pleno derecho en el Grupo de Enlace sobre la Diversidad Biológica, el cual se compone de esas cinco convenciones.
Organizaciones Internacionales Asociadas
La Convención colabora de forma especialmente estrecha con cuatro organizaciones no gubernamentales (ONG) mundiales que han estado asociadas al tratado desde un principio y fueron confirmadas en su condición oficial de Organizaciones Internacionales Asociadas (OIA) a la Convención en la Resolución VII.3 (1999). En la Resolución IX.16 (2005), las Partes consideraron que el IWMI reunía los requisitos establecidos en 1999 para la condición de OIA y aprobaron que esa organización pasara a ser la quinta asociada oficial de la Convención[9].
Las OIA prestan un apoyo inestimable a la labor de la Convención a nivel mundial, regional, nacional y local, sobre todo ofreciendo asesoramiento técnico especializado, asistencia para la aplicación sobre el terreno y apoyo financiero, por conducto de las dependencias de sus respectivas sedes así como de sus oficinas y filiales nacionales y regionales y de sus redes de expertos. Además, ellas mismas encarnan la doctrina de la Convención de Ramsar y su concepto de uso racional y apoyan la aplicación de los lineamientos de Ramsar en su propia labor en todo el mundo. Las OIA participan también regularmente como observadoras en todas las reuniones de la Conferencia de las Partes y del Comité Permanente, y como miembros plenos del Grupo de Examen Científico y Técnico.
BirdLife International
BirdLife International es una Asociación mundial de organizaciones dedicadas a la conservación cuyos esfuerzos se dirigen a la protección de las aves, sus hábitats y la biodiversidad global, trabajando con la gente hacia la sostenibilidad en el uso de los recursos naturales. Los socios de BirdLife operan en más de cien países y territorios de todo el mundo.
Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza
La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), contribuye a encontrar soluciones pragmáticas para los urgentes desafíos del medio ambiente y el desarrollo que enfrenta el planeta, apoyando la investigación científica, gestionando proyectos de campo en todo el mundo, y reuniendo a los gobiernos, las ONG, los organismos de las Naciones Unidas, las empresas y las comunidades locales para que trabajen juntas en el desarrollo de políticas, leyes y buenas prácticas. La UICN es la red ambiental de carácter global más grande y antigua del mundo. La UICN es una unión democrática de miembros que reúne a más de 1.000 organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, además de unos 11.000 científicos voluntarios y expertos de alrededor de 160 países.
Instituto Internacional para el Manejo del Agua
El Instituto Internacional para el Manejo del Agua (IWMI) es uno de los 15 centros de investigación internacionales que están apoyados por una red de 60 gobiernos, fundaciones privadas y organizaciones internacionales y regionales conocidos colectivamente como el Grupo Consultivo sobre Investigación Agrícola Internacional (GCIAI). Se trata de una organización sin ánimo de lucro que cuenta con una plantilla de 350 especialistas y oficinas en más de diez países de Asia y África, y cuya Sede está en Colombo (Sri Lanka). La misión del IWMI es mejorar el manejo de los recursos del agua y la tierra para producir alimentos, generar medios de vida y conservar la naturaleza.
Wetlands International
Wetlands International es una organización mundial que trabaja para sostener y restaurar los humedales y sus recursos en beneficio de las personas y la biodiversidad. Es una organización mundial independiente no lucrativa que cuenta con el apoyo de gobiernos y organizaciones no gubernamentales miembros de todo el mundo. Está basada principalmente en el mundo en desarrollo y dispone de 20 oficinas regionales, nacionales o dedicadas a proyectos en todos los continentes, y una oficina principal en Ede (Países Bajos).
WWF International
La misión de WWF es detener la degradación ambiental de la Tierra y construir un futuro en el que el ser humano viva en armonía con la naturaleza, conservando la diversidad biológica mundial, asegurando que el uso de los recursos naturales renovables sea sostenible y promoviendo la reducción de la contaminación y del consumo desmedido. Con un apoyo de casi cinco millones de personas, WWF tiene oficinas en más de 90 países y puede proclamar con confianza que ha desempeñado un papel principal en la evolución del movimiento conservacionista internacional.
Enlaces externos
- El texto actual de la Convención de Ramsar, 2 de febrero de 1971 (entró en vigor el 21 de diciembre de 1975), incluidas todas las enmiendas al texto original.
- El texto original de la Convención de Ramsar, 1971, sin enmiendas (en inglés).
- Acta Final de la Conferencia Internacional sobre la Conservación de los Humedales y las Aves Acuáticas, Ramsar (Irán), 1971 (con 11 recomendaciones).
- El Protocolo de París por el que se enmienda la Convención, 3 de diciembre de 1982.
- Acta Final de la Conferencia Extraordinaria de las Partes, París, diciembre de 1982 (entraron en vigor el 1 de octubre de 1986)
- Las Enmiendas a los Artículos 6 y 7 (las "Enmiendas de Regina"), 28 de mayo de 1987 (entraron en vigor el 1 de mayo de 1994)(en inglés).
- Terminología empleadas corrientemente por la Convención de Ramsar
- Siglas, abreviaturas y terminología empleadas corrientemente por la Convención de Ramsar
- Glosario de términos empleados en el Marco estratégico
Referencias
- ↑ Órganos de la convención. Disponible en:Sitio oficial de RAMSAR. Consultado el 10 de junio de 2014
- ↑ La Conferencia de las Partes Contratantes. Disponible en:Sitio oficial de RAMSAR. Consultado el 10 de junio de 2014
- ↑ El Comité Permanente. Disponible en:Sitio Oficial de RAMSAR. Consultado el 10 de junio de 2014
- ↑ El Grupo de Examen Científico y Técnico. Disponible en:Sitio Oficial de RAMSAR. Consultado el 10 de junio de 2014
- ↑ La Secretaría de RAMSAR. Disponible en:Sitio Oficial RAMSAR. Consultado el 10 de junio de 2014
- ↑ Las Partes Contratantes, o Estados Miembros, de la Convención de Ramsar. Disponible en:Sitio Oficial RAMSAR. Consultado el 10 de junio de 2014
- ↑ Partes Contratantes en la Convención de Ramsar. Disponible en:Sitio Oficial de RAMSAR. Consultado el 15 de junio de 2014
- ↑ Sinergias con otras convenciones sobre el medio ambiente. Disponible en:Sitio Oficial de RAMSAR. Consultado el 10 de junio de 2014
- ↑ Organizaciones internacionales asociadas. Disponible en:Sitio Oficial RAMSAR. Consultado el 10 de junio de 2014