Constitución de 1940

Constitución de 1940
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Tipo de textoConstitución
Promulgación1 de julio de 1940
DerogaciónMarzo de 1952
PaísBandera de Cuba Cuba

Constitución de 1940. Constitución de carácter democrático - burgués promulgada el 1 de julio de 1940 en Guáimaro, Camagüey y puesta en vigor el 10 de octubre de ese mismo año. Fue la Constitución más avanzada de América en su momento.

Dentro de sus condicionamientos y circunstancias especiales, la Constitución de 1940 fue una obra de referencia política importante; paradigmática Carta Magna que sintetizó altos ideales y plasmó derechos por los que se había luchado en Cuba desde el siglo XIX. Fue, también una constitución frustrada, irrealizada en sus designios más trascendentales.

Como resultado de todo ello y también de las más importantes influencias doctrinales en el terreno constitucional, la Constitución de 1940 recogió las medidas progresistas que la lucha revolucionaria de la década del treinta había plasmado en decretos leyes que de hecho se habían hecho ya irreversibles.

La Constitución reflejó las luchas de clase y estableció un tipo de estado burgués que reconoció la legitimidad de la propiedad privada, aunque agregando que debía ser ejercida en función social.

Historia

Antecedentes

El hecho de que la Constitución de 1940 fuese firmada en Guáimaro y se dispusiera su entrada en vigor el 10 de octubre de ese propio año, subraya el interés de insertar el nuevo texto constitucional en la tradición jurídica de la nación cubana. Su aprobación se vincula a dos momentos esenciales de esa tradición: los decretos aboliendo la esclavitud dictados por Carlos Manuel de Céspedes en la ciudad libre de Bayamo, después del alzamiento en La Demajagua, y la Constitución de Guáimaro en abril de 1869.

Como reflejo político asociado al estallido de la Segunda Guerra Mundial, en 1939 se propició un proceso de carácter pacífico en el que intervinieron todas las fuerzas políticas del país para plasmar en la Constitución de 1940, con el consenso nacional, los puntos más avanzados del pensamiento político de la época.

Proceso de aprobación

Durante el proceso de aprobación del texto constitucional se mantuvieron movilizaciones de obreros convocados por la Confederación de Trabajadores de Cuba (CTC), liderada por Lázaro Peña, que jugó un papel destacado en los debates, manteniendo una permanente movilización en torno al Capitolio y constituyó una presión importantísima en cada punto en que el debate se profundizaba y cobraba altos niveles de tensión política.

Decenas de miles de obreros alrededor del hemiciclo de los debates, amplias movilizaciones en todos los centros de trabajo, mítines, paros parciales y otras formas de movilización introdujeron en el debate constitucional un ámbito que con mucho desbordaba los ya de por sí apasionados límites del Capitolio.

Se mantuvo un casi permanente plebiscito en relación con los puntos de más ardoroso enfrentamiento. Los conservadores y las fuerzas de la oligarquía se mantuvieron siempre acechados por la movilización obrera y por su organización, la CTC, y su guía, Lázaro Peña.

Fue este uno de los factores que permitieron que los delegados del Partido Unión Revolucionaria Comunista y la coalición gubernamental pudieran imponer preceptos avanzados y progresistas.

Vigencia

El período que siguió a su aprobación hasta el golpe de Estado del 10 de marzo de 1952, fue el de los llamados gobiernos auténticos con Ramón Grau San Martín y Carlos Prío Socarrás, que devinieron símbolos de la corrupción, la venalidad, el latrocinio, el gangsterismo y la subordinación a la política norteamericana.

Derogación

El golpe de Estado del 10 de marzo de 1952 protagonizado por Fulgencio Batista significó la quiebra del orden constitucional cubano y la imposición de los Estatutos Constitucionales, que derogaron la Constitución de 1940.

La Ley Fundamental de 1959 fue la reimplantación de la del cuarenta, pero en una dimensión superior, inscripta en un camino que posibilitaba nuevos avances hacia etapas superiores de la Revolución.

Ese proceso desalienador se completa, después de diecisiete años de provisionalidad institucional en la Constitución socialista de 1976.

Características

Es la Constitución de 1940 la que alcanza en América Latina un despliegue más amplio y consecuente de esos derechos, engrosando los textos constitucionales modernos conocidos como constituciones sociales.

En ese sentido, reconoció el derecho de los obreros a la huelga, declaró el trabajo como un derecho inalienable del hombre; proscribió la discriminación racial, por motivo de sexo o color; declaró protección especial a la familia y declaró la igualdad de la mujer; proscribió el latifundio y estableció el propósito de que la tierra pasara a manos de cubanos; se pronunció por la educación general y gratuita, por la salud pública al alcance de todos y, además, ratificó derechos civiles y políticos como, entre otros, que toda persona podría emitir libremente su pensamiento de palabra, por escrito o por cualquier otro medio de expresión.

Declaró el sufragio universal, igualitario y secreto. Estableció importantes derechos individuales y algunas garantías para su cumplimiento, entre ellas el hábeas corpus constitucional. Fue una Constitución democrático burguesa, avanzada, progresista, la más avanzada de América en esos momentos.

Sin embargo, fue evidentemente pormenorizadora y paradójicamente dejó la regulación de muchas de sus preceptivas a posteriores leyes complementarias que nunca llegaron a promulgarse, lo que hizo de ella una constitución frustrada, llena de expectativas y esperanzas incumplidas.

Estructura del estado

En cuanto a la estructura del Estado que se consagró en aquel texto constitucional, poco se cambió del modelo hamiltoniano asumido en 1901. En las cuestiones esenciales, la estructura del Estado se copió, casi exactamente, del sistema norteamericano, con algunas innovaciones como el llamado semiparlamentarismo.

Ese semiparlamentarismo consistió en que junto al presidente de la República, jefe del Ejecutivo, aparecía el Primer Ministro, que de hecho fue una figura de enlace entre el ejecutivo y el legislativo pero que tuvo muy poca significación en la vida institucional y política del país.

Se estableció la división del Ejecutivo, el Legislativo bicameral y el Judicial. El Congreso, al igual que en Estados Unidos, se estructuró con el Senado y la Cámara de Representantes, lo que constituyó una frivolidad si se tiene en cuenta que Cuba era una pequeña república unitaria en la cual ese bicameralismo carecía de significado operacional.

El nivel provincial quedó estructurado en las seis provincias, con un gobernador al frente y el gobierno provincial. En los municipios, el alcalde y los concejales, con una importante autonomía municipal.

Fuente

  • Hart Dávalos, Armando. Constitución de 1940, un hito esencial de la tradición jurídica cubana. 9 de octubre de 2010. Disponible en: Diario Juventud Rebelde. Consultado el 13 de octubre de 2010.
  • Fernández Bulté, Julio. La Constitución de 1940 desde nuestra actual perspectiva. Disponible en: José Martí. Consultado el 13 de octubre de 2010.