Corte Suprema de Justicia de Colombia

Corte Suprema de Justicia de Colombia
Información sobre la plantilla
Ministerio
Palacio de Justicia de Colombia.jpg
Datos generales
Nombre:Corte Suprema de Justicia de Colombia
Otros datos
Presidente:José Luis Barceló Camacho
Sede oficial:Palacio de Justicia, Bogotá, Bandera de Colombia Colombia
Sitio web
http://www.cortesuprema.gov.co/

Corte Suprema de Justicia de Colombia . Es la más alta instancia judicial de la jurisdicción ordinaria en la República de Colombia. La sede está ubicada en el Palacio de Justicia en la Plaza de Bolívar en Bogotá, DC.

Antes de la constitución del 1991 tenía a su cargo, entre otras, las funciones que hoy corresponden a la Corte Constitucional pero, con la creación de este organismo por la carta política Colombiana, ha quedado a cargo del ejercicio de su función primordial cual es la de ser el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria. Está integrada por un número impar de magistrados según lo determine la ley, en el momento actual son veintitrés (23) magistrados, para períodos individuales de ocho (8) años, elegidos por la misma corporación de listas superiores a cinco candidatos, enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura. A este sistema de elección se le ha denominado tradicionalmente sistema de cooptación.

La Corte Suprema de Justicia es el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria de Colombia. Como tal, unifica la jurisprudencia nacional y decide de forma definitiva los litigios de los cuales tiene conocimiento.

Para un cabal desarrollo de sus funciones la Corte Suprema de Justicia se divide en cinco (ARTICULO 16. SALAS. Modificado por el art. 7, Ley 1285 de 2009?) Salas:

  • Sala plena
  • Sala de gobierno
  • Sala de casación penal: Conformada por nueve magistrados.
  • Sala de casación civil y agraria: Conformada por siete magistrados.
  • Sala de casación laboral: Conformada por siete magistrados.

En el año 2013 asume por primera vez una mujer como presidente de la Corte Suprema de Justicia, la Dra. Ruth Marina Díaz Rueda.

Funciones

La Corte Suprema de Justicia es el máximo tribunal de la Jurisdicción Ordinaria. Según el Artículo 235 de la Constitución Nacional son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:

  1. Actuar como tribunal de casación o conciliación.
  2. Juzgar al presidente de la república o a quien haga sus veces y a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal general de la Nación, por cualquier hecho punible que se les impute (art. 174 y 175 núm. 2 y 3).
  3. Investigar y juzgar a los miembros del Congreso.
  4. Juzgar, previa acusación del Fiscal General de la Nación, a los Ministros del Despacho, al Procurador General de la Nación, al Defensor del Pueblo, a los agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y ante los tribunales.
  5. Conocer de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos acreditados ante el gobierno de la nación, en los casos previstos por el derecho internacional.

Magistrados

La Corte Suprema de Justicia está integrada por 23 magistrados, elegidos por la misma corporación de listas conformadas por el Consejo Superior de la Judicatura, para períodos individuales de ocho años. La corte está dividida en tres salas de casación laboral, penal y civil. Además tiene una sala plena.

Requisitos para ser magistrado

En la Constitución Política de Colombia, en su artículo 232, se encuentran los requisitos necesarios para integrar como magistrado las Altas Cortes, a saber:

"Para ser Magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte suprema de Justicia y del Consejo de Estado se requiere:

  1. Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio.
  2. Ser Abogado.
  3. No haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos.
  4. Haber desempeñado, durante quince años, cargos en la rama judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado, o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente.

Parágrafo.- Para ser Magistrado de estas corporaciones no será requisito pertenecer a la carrera judicial."

Fuentes