Jefatura de Gabinete de Ministros de Argentina
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Jefatura de Gabinete de Ministros . Es un cargo ministerial de la República Argentina, desempeñado por un Jefe de Gabinete. Corresponde a un funcionario de la Constitución Nacional y surge como consecuencia de la reforma constitucional de 1994.
Facultades
Entre las funciones que la Constitución asigna al Jefe de Gabinete de Ministros se encuentran:
- Ejercer la administración general del país, coordinar y preparar las reuniones de gabinete de ministros.
- Hacer recaudar las rentas de la Nación.
- Ejecutar la Ley de Presupuesto Nacional y cumplir con aquellas responsabilidades que le delegue el Presidente de la Nación.
El ejercicio de estas funciones está relacionado con la supervisión de las políticas públicas del Gobierno Nacional. Hay tres aspectos de esta tarea que el Jefe de Gabinete realiza:
Coordinación interministerial
Coordina y controla las actividades entre los diferentes ministerios para el cumplimiento de las políticas públicas y objetivos propuestos. Coordina las reuniones de gabinete y las preside cuando el presidente no está. Además en acuerdo de gabinete debe resolver sobre los temas que le indique el Poder Ejecutivo, o por su propia decisión, en el ámbito de su competencia. Junto con los demás ministros secretarios tienen a su cargo el despacho de los negocios de la Nación, y refrendan y legalizan los actos del Presidente por medio de su firma, sin cuyo requisito carecen de eficacia.
Enlace parlamentario
Realiza funciones de enlace entre el poder ejecutivo y el legislativo. Entre ellas refrenda decretos y presenta informes de situación a cada una de las Cámaras, una vez por mes, sobre el cumplimiento de objetivos y políticas públicas implementadas por los ministerios. Anualmente junto con los demás ministerios elabora la Memoria del Estado de la Nación que presenta ante el Congreso.
Relación con las provincias y municipios
Coordina el seguimiento de la relación fiscal entre la Nación y las provincias.
Según la ley de ministerios
El artículo 16 de la Ley de Ministerios indica que son atribuciones del Jefe de Gabinete de Ministros, con responsabilidad política ante el Congreso de la Nación, las establecidas en la Constitución Nacional. En consecuencia le corresponde:
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución Nacional y la legislación vigente.
- Ejercer la administración general del país y asistir al Presidente de la Nación en la conducción política de dicha administración.
- Ejercer las atribuciones de administración que le delegue el Presidente de la Nación, respecto de los poderes propios de éste.
- Entender en la organización y convocatoria de las reuniones y acuerdos de gabinete, coordinando los asuntos a tratar.
- Coordinar y controlar las actividades de los Ministerios y, de las distintas áreas a su cargo realizando su programación y control estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficacia.
- Coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo Nacional con ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, sus Comisiones e integrantes, en cumplimiento de las atribuciones que le asigna la Constitución Nacional procurando la mayor fluidez en dichas relaciones y el más pronto trámite de los mensajes del Presidente de la Nación que promuevan la iniciativa legislativa.
- Producir los informes mensuales que establece el artículo 101 de la Constitución Nacional, relativos a la marcha del Gobierno, y los demás que le fueren requeridos por las Cámaras del Congreso.
- Dictar Decisiones Administrativas, referidas a los actos y reglamentos que sean necesarios para ejercer las facultades que le atribuye la Constitución Nacional y aquellas que le delegue el Presidente de la Nación, con el refrendo del Ministro Secretario que corresponda en razón de la materia.
- Presentar al Honorable Congreso de la Nación, junto con los Ministros Secretarios, la memoria anual detallada del estado de la Nación en lo relativo a los negocios de los Ministerios.
- Hacer recaudar las rentas de la Nación.
- Intervenir en la elaboración y control de ejecución de la Ley de Presupuesto, como así también en los niveles del gasto y de los ingresos públicos, sin perjuicio de la responsabilidad primaria del Ministro Secretario del área y de la supervisión que al Presidente de la Nación compete en la materia.
- Requerir de los Ministros Secretarios, Secretarios y demás funcionarios de la Administración Pública Nacional la información necesaria para el cumplimiento de su función específica y de las responsabilidades emergentes de los artículos 100, incisos 10 y 11 y 101 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la que deberá producirse dentro del plazo que a tal efecto establezca.
- Asistir al Presidente de la Nación en el análisis de los mensajes que promueven la iniciativa legislativa, en particular los proyectos de Ley de Ministerios y de Presupuesto que deberán ser tratados en Acuerdo de Gabinete, y de los proyectos de ley sancionados por el Congreso Nacional.
- Asistir al Presidente de la Nación en el dictado de instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación y de los decretos que dispongan la prórroga de las sesiones ordinarias o la convocatoria a extraordinarias del Congreso de la Nación.
- Coordinar y controlar la ejecución de las delegaciones autorizadas a los Ministros Secretarios.
- Velar por el cumplimiento de las decisiones que emanen del Poder Judicial en uso de sus atribuciones.
- Coordinar y controlar las prioridades y relaciones interjurisdiccionales vinculadas con la gestión y ejecución del financiamiento proveniente de organismos internacionales de crédito.
- Coordinar el seguimiento de la relación fiscal entre la Nación y las provincias.
- Entender en la evaluación y priorización del gasto, efectuando el diagnóstico y seguimiento permanente de sus efectos sobre las condiciones de vida de la población.
- Entender en la distribución de las rentas nacionales, según la asignación de Presupuesto aprobada por el Congreso, y en su ejecución.
- Intervenir en los planes de acción y los presupuestos de las sociedades del Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados o desconcentrados y cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en su área; así como en su intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión, disolución o centralización.
- Entender en la formulación, ejecución y control de las políticas de comunicación social y de medios de comunicación social, en particular a la difusión de opciones educativas.
- Entender en la difusión de la actividad del Poder Ejecutivo Nacional, como así también la difusión de los actos del Estado nacional a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y externo.
- Administrar y controlar los medios de difusión que se encuentran bajo la responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional y aquellas empresas del sector en las que la jurisdicción sea accionista.
- Entender en la conducción de la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas de su competencia, en coordinación con los demás organismos del Estado, para su implementación.
- Entender en la aplicación de los tratados internacionales relacionados con los temas de su competencia, e intervenir en la formulación de convenios internacionales en los asuntos propios de su área.
- Entender en el lineamiento de las políticas referentes a Medios Públicos Nacionales y su instrumentación.
- Entender en el lineamiento de las políticas referentes a la implementación de la Unidad Plan Belgrano.
- Participar en la aplicación de la política salarial del sector público, con participación de los Ministerios y organismos que correspondan.
- Entender en la elaboración, registro, seguimiento, evaluación y planificación de los proyectos de inversión pública.
- Entender en el análisis y propuesta del diseño de la estructura de la Administración Nacional Centralizada y Descentralizada y aprobar las modificaciones propuestas.
- Garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y controlar la aplicación de la Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales.
Áreas de gestión
La Jefatura de Gabinete cuenta con las siguientes áreas de gestión:
- Secretaría de Comunicación Pública
- Secretaría de Coordinación Interministerial
- Secretaría de Asuntos Estratégicos
- Secretaría de Relaciones Políticas y Parlamentarias
- Secretaría de Fortalecimiento Institucional
- Unidad de Coordinación General
- Secretaría de Coordinación de Políticas Públicas
- Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos
- Unidad Plan Belgrano
El 10 de diciembre de 2015, mediante el decreto número 12/2015 del Boletín Oficial de la República Argentina, el presidente Mauricio Macri, creó en la órbita de la Jefatura, las secretarías de Coordinación Interministerial; de Coordinación de Políticas Públicas; el Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos y la Unidad Plan Belgrano, todas con rango y jerarquía de ministerio.
Lista de Jefes de Gabinete
Nº | Ministro | Periodo | Presidente |
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1 | Eduardo Bauzá | 8 de julio de 1995 - 5 de junio de 1996 | Carlos Saúl Menem |
2 | Jorge Rodríguez | 5 de junio de 1996 - 10 de diciembre de 1999 | |
3 | Rodolfo Terragno | 10 de diciembre de 1999 - 6 de octubre de 2000 | Fernando de la Rúa |
4 | Chrystian Colombo | 6 de octubre de 2000 - 20 de diciembre de 2001 | |
5 | Humberto Schiavoni | 20 de diciembre de 2001 - 23 de diciembre de 2001 | Ramón Puerta |
6 | Jorge Obeid | 23 de diciembre de 2001 - 30 de diciembre de 2001 | Adolfo Rodríguez Saá |
7 | Antonio Cafiero | 30 de diciembre de 2001 - 2 de enero de 2002 | Eduardo Camaño |
8 | Jorge Capitanich | 2 de enero de 2002 - 3 de mayo de 2002 | Eduardo Duhalde |
9 | Alfredo Atanasof | 3 de mayo de 2002 - 25 de mayo de 2003 | |
10 | Alberto Fernández | 25 de mayo de 2003 - 10 de diciembre de 2007 | Néstor Carlos Kirchner |
10 de diciembre de 2007 - 23 de julio de 2008 | Cristina Fernández de Kirchner | ||
11 | Sergio Massa | 23 de julio de 2008 - 7 de julio de 2009 | |
12 | Aníbal Fernández | 7 de julio de 2009 - 10 de diciembre de 2011 | |
13 | Juan Manuel Abal Medina | 10 de diciembre de 2011 - 20 de noviembre de 2013 | |
14 | Jorge Capitanich | 20 de noviembre de 2013 - 26 de febrero de 2015 | |
15 | Aníbal Fernández | 26 de febrero de 2015 - 10 de diciembre de 2015 | |
16 | Marcos Peña | 10 de diciembre de 2015 - en el cargo | Mauricio Macri |