Ministro sin cartera

Ministro sin cartera
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Ministro sin cartera. Es un término acuñado entre finales del siglo XIX y principios del XX para indicar aquellos miembros del Gobierno con la consideración de Ministro e idénticas funciones y prerrogativas que estos, aunque carecieran de funciones definidas y determinadas, por lo que podían desempeñar aquellas que les atribuya el Presidente del Gobierno o Primer Ministro para una cuestión especial o para un tema general por tiempo determinado.

Datos de interés

Este tipo de ministros puede votar durante el Consejo de Ministros, teniendo igual valor que un ministro titular de un departamento de gobierno. Dependiendo del país, el número de ministros sin cartera puede estar limitado por ley. Asignar ministros sin cartera también puede ser una práctica para facilitar las coaliciones de los partidos o atender ciertas situaciones complejas; por lo tanto responde directamente del Poder Ejecutivo.

Fuentes