Sociedad Española de Biotecnología

Sociedad Española de Biotecnología
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Institución con sede en Bandera de España España
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Siglas o Acrónimo:Sebiot
País:Bandera de España España
Sede:Madrid
Sitio web
Portal Web de Sebiot

Sociedad Española de Biotecnología (Sebiot). Es una asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro y constituida por tiempo indefinido.

Sede

Sebiot tiene su sede en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, CI Vitruvio, n08, 28006, Madrid, España. Su ámbito territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es todo el territorio del Estado.

Dicho domicilio podrá modificarse a propuesta de la Junta Directiva con aprobación de la Asamblea General. Este no limita la libertad de la Junta Directiva para convocar Asambleas Generales y Reuniones Científicas donde estime más oportuno.

Objetivos

Los principales objetivos de la Sebiot son:

  • Potenciar la investigación y facilitar la transmisión de conocimientos en Biotecnología.
  • Constituir un foro de intercambio de ideas e información entre biotecnólogos y profesionales implicados en aspectos biotecnológicos.
  • Promover y difundir el conocimiento de la biotecnología en la sociedad
  • Canalizar las relaciones de colaboración con entidades científicas públicas y privadas.
  • Fomentar el intercambio con otros países, especialmente en el marco de la U.E.
  • Relacionarse con sociedades y asociaciones afines nacionales e internacionales.
  • Promover y organizar reuniones científicas, cursos y seminarios.
  • Patrocinar publicaciones científicas.

Fines

La existencia de esta asociación tiene como fin esencial el promover en España el desarrollo de la Biotecnología en todas sus ramas y actividades, entendiéndose por Biotecnología "La aplicación de principios científicos y técnicos al procesamiento de materiales por agentes biológicos con el fin de suministrar bienes y servicios".

Actividades

Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:

  1. Promover y organizar reuniones científicas.
  2. Favorecer el contacto entre biotecnólogos y otros científicos y técnicos.
  3. Potenciar la investigación y facilitar la transmisión de conocimientos en biotecnología.
  4. Canalizar las relaciones de colaboración con entidades científicas y culturales y con empresas públicas y privadas.
  5. Fomentar el intercambio con otros países.
  6. Patrocinar publicaciones científicas.
  7. Informar sobre aquellos aspectos sociales y científicos de la Biotecnología que sean de interés público para la sociedad española.
  8. Relacionarse con sociedades y asociaciones afines españolas y extranjeras, pudiéndose integrar en federaciones y uniones nacionales o supranacionales.
  9. Promover y organizar cursos y seminarios.

Junta directiva

La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva formada por:

  • 1 Presidente
  • 1 Vicepresidente
  • 1 Secretario
  • 1 Tesorero
  • Y hasta un máximo de seis Vocales

Todos ellos elegidos por votación entre los socios. Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán designados y revocados por la Asamblea General y su mandato tendrá una duración de cuatro años. Nadie podrá ser reelegido para el mismo cargo en dos cuatrienios consecutivos.

Socios

Podrán ser socios ordinarios, los científicos y técnicos que hayan publicado investigaciones originales, registrado patentes o realizado otras contribuciones de carácter científico o técnico en el campo de la Biotecnología. Las propuestas deberán ser hechas, en impreso facilitado por la Sociedad, por dos socios ordinarios o uno de honor, con justificación explícita de méritos y se enviarán en los plazos que se establezcan, al Secretario de la Sociedad, quien las dará trámite. Las propuestas se someterán a la decisión de la Junta Directiva.

Las propuestas de nuevos socios que hayan alcanzado mayoría simple de votos favorables (sin contar votos en blanco), serán sometidos para su aprobación en su caso, por mayoría simple en la Asamblea General. Estas propuestas se adjuntarán en el Orden del día de la correspondiente Asamblea General.

Fuentes