Sociedad Española de Fitopatología

Sociedad Española de Fitopatología
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Institución con sede en Bandera de España España
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Siglas o Acrónimo:SEF
País:Bandera de España España
Sede:[[]]
Sitio web
Portal Web de SEF

Sociedad Española de Fitopatología (SEF). Es una asociación de profesionales que trabajan en el campo de la Patología Vegetal que promueve el desarrollo de esta ciencia, en España, sujeta a lo que dispone la ley orgánica 1/2002 de 22 de Marzo (B.O.E. de 26 de Marzo) y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar.

Sede

La SEF tiene su domicilio social en el INIA (Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria); Carretera de la Coruña Km 7,5, 28040 Madrid, España.

Reseña

La SEF se constituyó el 24 de septiembre de 1981, con ocasión de la VI Reunión Anual del Grupo Especializado en Fitopatología Microbiana de la Sociedad Española de Microbiología.

Desde entonces se han celebrado 19 Congresos Nacionales de Fitopatología.

La SEF es miembro de la Sociedad Internacional de Patología Vegetal (ISPP), la Fundación Europea de Patología Vegetal (EFPP) y la Confederación de Sociedades Científicas de España (COSCE).

Fines

  • Fomentar, facilitar, aunar y difundir trabajos en los diferentes aspectos de la Fitopatología.
  • Promover acciones que potencien la investigación y mejoren la docencia en el campo de la Patología Vegetal en España.
  • Favorecer el contacto entre los fitopatólogos españoles, así como entre éstos y expertos de otros ámbitos relacionados.
  • Establecer relaciones con sociedades afines españolas y extranjeras.

Actividades

  • Organización de Congresos Nacionales de Fitopatología con periodicidad bienal.
  • Organización de Congresos Internacionales, Simposios, Mesas Redondas, Cursos, Jornadas Técnicas y Seminarios de carácter no periódico.
  • Edición de libros y monografías sobre diversos aspectos de la disciplina.
  • Edición de una revista con periodicidad anual.
  • Edición de una 'newsletter' y un directorio de socios anual.
  • Suscripción de Convenios con entidades públicas y privadas para el desarrollo de proyectos concretos y asesorías.
  • Concesión de premios a los mejores trabajos y fotografías presentados en los Congresos Nacionales de Fitopatología.

Socios

La SEF podrá tener socios numerarios, de honor, permanentes, protectores y adheridos.

  • Podrán ser socios numerarios aquellas personas que lo soliciten, y que hayan realizado y publicado investigaciones originales o realizado otras contribuciones en el campo de la Patología Vegetal. Deberán ser propuestos por dos socios numerarios o de honor y su admisión corresponderá a la Junta Directiva, que los dará a conocer a la Asamblea General para su ratificación.
  • Podrán ser socios de honor personalidades relevantes de la Patología Vegetal, o que se hayan distinguido por su contribución en favor de la SEF. Su nombramiento se efectuará por la Asamblea General a propuesta razonada, por escrito, de la Junta Directiva o de al menos veinticinco socios numerarios.
  • Serán socios permanentes aquellos miembros de la SEF que pasen a situación de jubilados.
  • Podrán ser socios protectores aquellas personas o entidades que, deseando contribuir al

sostenimiento y desarrollo de la SEF, sean aceptados por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.

  • Se establece la categoría de socio adherido para facilitar el acceso a la SEF de toda

persona, cuyo trabajo e interés estén relacionados con la Patología Vegetal y su desarrollo en España. La solicitud de incorporación deberá ser presentada por dos socios numerarios y será resuelta directamente por la Junta Directiva.

Son derechos de los socios numerarios el participar con voz y voto en las Asambleas Generales y ser elegibles para cualquier cargo de la Junta Directiva y cualquier otro que derive implícitamente de estos estatutos. Sus deberes son los de satisfacer la cuota periódica que se establezca, trabajar con eficacia para la mejor consecución de los fines de esta Sociedad y el mantenimiento de su buen nombre y prestigio, y atenerse en sus actuaciones a lo dispuesto en las leyes y en estos estatutos.

Los socios no numerarios tendrán derecho a ser informados de todas las actividades de la SEF, de la misma manera que lo sean los socios numerarios, podrán asistir a todas las reuniones científicas y actos sociales. Podrán asistir a las Asambleas Generales con voz pero sin voto, y no serán elegidos para cargos directivos. Serán deberes de los socios protectores y adheridos satisfacer la cuota periódica que se establezca, y facilitar la mejor consecución de los fines de la SEF.

La cuota anual para cada tipo de socio se fijará por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. Los socios de honor y los permanentes quedarán exentos de dicha cuota.

Los socios podrán causar baja por:

  • Petición propia, dirigida por escrito al Presidente de la Sociedad.
  • Fallecimiento o interdicción civil.
  • No satisfacer dos cuotas anuales consecutivas.
  • Expulsión acordada por la Asamblea General a propuesta razonada de la Junta Directiva o de al menos veinticinco socios numerarios. La Asamblea General arbitrará un procedimiento que garantice la defensa de los intereses del afectado.

Junta directiva

La Junta Directiva estará compuesta por: Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Tesorero y cinco Vocales. Los cargos serán por cuatro años y sin posibilidad de reelección inmediata para el mismo cargo. La Junta Directiva se renovará por mitades cada dos años. El Secretario General deberá residir en la ciudad donde esté domiciliada la SEF.

La Junta Directiva anunciará con antelación mínima de tres meses la convocatoria para renovar los cargos de la misma. La propuesta de candidatos podrá ser efectuada por un mínimo de cinco socios numerarios, siempre que el candidato propuesto manifieste su aceptación por escrito ante la Junta Directiva. En el caso de que no se presentase ninguna candidatura, deberá ser propuesta una por la Junta Directiva.

La propuesta de candidatos por socios numerarios deberá hacerse al menos 45 días antes de la votación correspondiente y la relación de candidatos que cumplan los requisitos de elegibles será enviada a los socios con derecho a voto, al menos 30 días antes de la Asamblea General. Al menos 48 horas antes del comienzo de la misma, la Junta Directiva designará entre los socios numerarios a los componentes de la Mesa Electoral, un presidente y dos vocales, de los que el más joven actuará como secretario.

La votación será secreta, considerándose los votos recibidos en la Secretaría o en la Mesa Electoral hasta 8 horas antes del inicio de la Asamblea. Durante la misma serán proclamados los que hayan obtenido el mayor número de votos en cada caso. En caso de empate se procederá al desempate en ese mismo momento y lugar mediante sorteo.

En caso de dimisión, baja o fallecimiento de algún miembro de la Junta Directiva se procederá a cubrir provisionalmente la vacante por designación de la Junta Directiva, hasta la celebración de la primera Asamblea Generla para su confirmación si procede. La duración de este cargo finalizará en la fecha en que hubiera debido hacerlo el miembro sustituido

Fuentes