Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela
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Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela . Es el máximo órgano del sistema judicial de Venezuela. Como tal, el Tribunal Supremo es la cabeza del Poder Judicial en Venezuela, sustituyendo en 1999 a la Corte Suprema de Justicia.
Reseña histórica
El Tribunal Supremo de Justicia tiene sus antecedentes en la creación de la Corte Suprema de Justicia, creada bajo la Constitución de 1811, como órgano encargado de regir el Poder Judicial de la Confederación presidida por el doctor Francisco Espejo, y demás tribunales subalternos y juzgados inferiores que el Congreso estableciere en el territorio de la Unión.
En la constitución de 1830, estableció la Corte Suprema de Justicia, formada por cinco miembros, denominados Ministros, con carácter vitalicio, que serían propuestos por el Presidente de la República a la Cámara de Representantes y por esta al Senado, para su elección. La Constitución de la Gran Colombia de 1821, sigue el mismo sistema de la constitución de 1819, de Angostura.
La constitución de 1830, de carácter centralista crea la Corte Suprema de Justicia, integrada por Ministros manteniendo el mismo sistema de elección de 1819.
En la Constitución Federal de 1864, sancionada luego del triunfo de la Guerra Federal, establece el sistema federal. Se crea la Alta Corte Federal, integrada por cinco miembros electos por el Congreso y propuestos por las legislaturas de los Estados. A tal fin la Legislatura de cada Estado debería presentar al Congreso una lista en número igual al de las plazas que debían proveerse y el congreso declaraba electos a quienes reunieran más votos de las presentaciones reunidas. La Corte que fue creada en 1864 no tenía funciones de casación, pero en 1876, el Congreso de la Unión sancionó la primera ley de casación nacional.
En la constitución de 1904 se fusionaron ambas Cortes bajo el nombre de Corte Federal y de Casación, calificado de Tribunal Supremo de la Federación de los Estados, integrado por siete miembros denominados vocales y elegidos por el Congreso. Las Constituciones siguientes, de 1909, 1914, 1922, 1925, 1928, 1929, 1931 y 1936, mantienen esa fusión; si bien la reforma parcial de esta última Constitución, efectuada en 1945 elevó a diez el número de miembros de la Corte Federal y de Casación.
El 23 de enero de 1961 se dicta una nueva Constitución, en la cual se fusionan las dos Cortes, Federal y de Casación, en la Corte Suprema de Justicia.
El 14 de agosto de 1999 se instala la Asamblea Nacional Constituyente para redactar una nueva constitución, pero el 5 de noviembre de 1999, a pocos días de concluir su trabajo, la Asamblea Nacional Constituyente eliminó la Corte Suprema de Justicia para dar paso a una nueva Institución: el Tribunal Supremo de Justicia, con autonomía financiera y funcional divididas en seis Salas.
Atribuciones
- Corresponde al Tribunal Supremo de Justicia la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial, la inspección y vigilancia de los tribunales de la República Bolivariana de Venezuela y de las Defensorías Públicas. Igualmente, le corresponde la elaboración de su propio presupuesto y del presupuesto del Poder Judicial.
- Declarar si hay o no mérito para el enjuiciamiento del Presidente de la República, y en caso de ser afirmativo, continuar conociendo la causa, con previa autorización de la Asamblea Nacional, hasta sentencia definitiva.
- Declarar si hay o no mérito para el enjuiciamiento del Vicepresidente Ejecutivo, Diputados de la Asamblea Nacional o del propio Tribunal Supremo de Justicia, los Ministros, del Procurador General, del Fiscal General, del Contralor General de República, del Defensor del Pueblo, los Gobernadores, oficiales o almirantes de la Fuerza Armada Nacional, Diplomáticos de la República, y en caso afirmativo, remitir los autos al Fiscal General; y si el delito fuere común se continuará conociendo de la causa hasta la sentencia definitiva.
- Dirimir las controversias administrativas que se susciten entre la República, algún Estado, Municipio u otro ente público.
- Declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos del Ejecutivo Nacional, cuando sea procedente.
- Conocer de los recursos de interpretación sobre el contenido y alcance de los textos legales, y en los términos contemplados en la ley.
- Dirimir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior o común a ellos en el orden jerárquico.
- Conocer del recurso de casación.
- Las demás que establezca la ley.
Funcionamiento
El Tribunal Supremo cuenta con una Sala Plena que está integrada por los Magistrados de todas las Salas, y una Junta Directiva cuyos miembros presidirán las respectivas Salas. La Sala Plena tiene un secretario y un alguacil. La Junta Directiva del Tribunal Supremo y de cada una de sus Salas duraran dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos, por un periodo igual.
Salas
El mismo se divide en 6 salas o instancias las cuales se dividen el trabajo según su competencia, estas salas son:
- Sala Constitucional.
- Sala Político-administrativa.
- Sala Electoral.
- Sala de Casación Civil.
- Sala de Casación Social.
- Sala de Casación Penal.
Todas ellas conforman la Sala Plena.
Sede
La sede del Tribunal Supremo de Justicia se comenzó a construir el 4 de enero de 1982 y concluyó en octubre de 1987.
El monumental recinto tiene un área de 31.600 m² cuya estructura consolida la arquitectura moderna con elementos artísticos vanguardistas.
Está situada en una extensa área al final de la Avenida Baralt, específicamente en la ancestral esquina caraqueña de Dos Pilitas al oeste del Panteón Nacional.
El diseño contemporáneo ejecutado en concreto, cuenta con todos los servicios de una obra de gran magnitud.
Una gran Plaza Central de 700 m² en forma de "U" invertida, con una altura de 29 m, seis pisos más sótano y planta baja forman la fachada interior, rodeado por pasillos superiores de acceso a las oficinas.
De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (LOTSJ) sancionada en el año 2010:
"La ciudad de Caracas es el asiento permanente del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de que, en Sala Plena, resuelva ejercer provisionalmente las funciones del Tribunal en otro lugar de la República" (artículo 6 LOTSJ).